Uno de los temas más controvertidos de la Ley de Segunda Oportunidad es la cuestión relativa a la vivienda. Según este proceso, el deudor que quiera solicitar la exoneración de las deudas, o sea, cancelarlas, deberá previamente liquidar sus bienes (propiedades o activos que tenga) o entregarlos a los acreedores y demostrar que no tiene dinero líquido suficiente para pagar sus deudas.