El juez considera que el parto se llevó a cabo "con un riesgo conocido y ni siquiera valorado". Las dificultades del feto para descender correctamente obligó al personal del hospital a utilizar los fórceps de Naegele y a fracturarle deliberadamente la clavícula para extraerlo, lo que ha provocado en la niña una parálisis braquial que la limita para sus actividades de la vida diaria.
Un juzgado de Barcelona ha condenado al Servei Català de la Salut (SCS) a indemnizar con 213.634 euros a una niña que nació en 2009 con una parálisis braquial debido a un parto asistido de forma deficiente en un hospital de Martorell (Barcelona).
En su sentencia, el juzgado de lo contencioso administrativo obliga al Servei Català de la Salut y al hospital a indemnizar a los padres de la niña -representada por la asociación Defensor del Paciente- por las lesiones y secuelas que arrastra debido a que nació por parto vaginal, pese a los antecedentes de desproporción pélvico-fetal de la madre.
El juez considera que el parto se llevó a cabo "con un riesgo conocido y ni siquiera valorado", ya que no se examinaron de forma adecuada las circunstancias y antecedentes de la madre, "a pesar de los indicios y de la total disponibilidad de medios".
Según la sentencia, los daños sufridos por la menor fueron consecuencia de un "seguimiento de parto deficiente", ya que el personal sanitario decidió seguir adelante con el alumbramiento vaginal en vez de practicar una cesárea a la madre, y debido a un "mal actuar con desprecio y desatención a las circunstancias".
Las dificultades del feto para descender correctamente obligó al personal del hospital a utilizar los fórceps de Naegele y a fracturarle deliberadamente la clavícula para extraerlo, lo que ha provocado en la niña una parálisis braquial que la limita para sus actividades de la vida diaria.
La sentencia subraya que la niña "no solo sigue asistiendo a atención fisioterapeuta a día de hoy, sino que lo seguirá haciendo en el futuro, sin fecha alguna prevista de finalización", lo que en opinión del juez supone "sin duda un gasto añadido y una dedicación de tiempo presente y futura".
Fuente: Antena 3
En su sentencia, el juzgado de lo contencioso administrativo obliga al Servei Català de la Salut y al hospital a indemnizar a los padres de la niña -representada por la asociación Defensor del Paciente- por las lesiones y secuelas que arrastra debido a que nació por parto vaginal, pese a los antecedentes de desproporción pélvico-fetal de la madre.
El juez considera que el parto se llevó a cabo "con un riesgo conocido y ni siquiera valorado", ya que no se examinaron de forma adecuada las circunstancias y antecedentes de la madre, "a pesar de los indicios y de la total disponibilidad de medios".
Según la sentencia, los daños sufridos por la menor fueron consecuencia de un "seguimiento de parto deficiente", ya que el personal sanitario decidió seguir adelante con el alumbramiento vaginal en vez de practicar una cesárea a la madre, y debido a un "mal actuar con desprecio y desatención a las circunstancias".
Las dificultades del feto para descender correctamente obligó al personal del hospital a utilizar los fórceps de Naegele y a fracturarle deliberadamente la clavícula para extraerlo, lo que ha provocado en la niña una parálisis braquial que la limita para sus actividades de la vida diaria.
La sentencia subraya que la niña "no solo sigue asistiendo a atención fisioterapeuta a día de hoy, sino que lo seguirá haciendo en el futuro, sin fecha alguna prevista de finalización", lo que en opinión del juez supone "sin duda un gasto añadido y una dedicación de tiempo presente y futura".
Fuente: Antena 3