1.- TRABAJADORES QUE HAN COTIZADO EN VARIOS PAÍSES DE LA UE: Si has trabajado en varios países de la UE, puedes haber acumulado derechos de pensión en cada uno ellos.
2.- ADMINISTRACIÓN QUE TRAMITA TU PENSIÓN: Deberás dirigirte a la administración de pensiones del país donde vives o del último donde hayas trabajado. Si no has trabajado nunca en el país donde vives, este país es el que debe remitir la solicitud al último donde hayas trabajado. Siendo responsable de tramitar tu solicitud y de confeccionar el historial completo de tus cotizaciones a pensión en los países donde hayas trabajado.
2.- ADMINISTRACIÓN QUE TRAMITA TU PENSIÓN: Deberás dirigirte a la administración de pensiones del país donde vives o del último donde hayas trabajado. Si no has trabajado nunca en el país donde vives, este país es el que debe remitir la solicitud al último donde hayas trabajado. Siendo responsable de tramitar tu solicitud y de confeccionar el historial completo de tus cotizaciones a pensión en los países donde hayas trabajado.
3.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO: En algunos países, la administración de pensiones deberá enviarte el formulario de solicitud de pensión antes de que llegues a la edad de jubilación del país en cuestión. Si no lo hace, ponte en contacto con tu administración de pensiones.
De una manera u otra, conviene que te informes sobre tu pensión al menos 12 meses antes de jubilarte: los trámites para recibir pensión de varios países pueden ser largos.
4.- DOCUMENTOS QUE NECESITAS: Aunque los requisitos varían según el país, por lo general debes facilitar tus datos bancarios y un documento de identidad.
Para más detalles, ponte en contacto con la administración de pensiones que tramita tu solicitud.
5.- DIFERENTES EDADES DE JUBILACIÓN: En algunos países de la UE tendrás que esperar más que en otros para empezar a percibir tu pensión.
Solo puedes solicitar pensión en el país donde vives ahora (o en el último donde hayas trabajado) cuando hayas cumplido la edad legal de jubilación allí. Si has acumulado derechos de pensión en otros países, solo recibirás esa parte de tu pensión cuando hayas cumplido la edad legal de jubilación en esos países.
Por eso es importante que en todos los países en los que hayas trabajado averigües por adelantado cuál será tu situación si cambias la fecha en la que empiezas a cobrarla.
Si empiezas a cobrar una pensión antes que otra pueden
cambiar los importes que recibas.
La administración competente del país en el que vives o de los países donde hayas trabajado podrá darte más consejos.
Infórmate sobre edades de jubilación y sistemas de pensiones en diferentes países de la UE:
Elegir país:
De una manera u otra, conviene que te informes sobre tu pensión al menos 12 meses antes de jubilarte: los trámites para recibir pensión de varios países pueden ser largos.
4.- DOCUMENTOS QUE NECESITAS: Aunque los requisitos varían según el país, por lo general debes facilitar tus datos bancarios y un documento de identidad.
Para más detalles, ponte en contacto con la administración de pensiones que tramita tu solicitud.
5.- DIFERENTES EDADES DE JUBILACIÓN: En algunos países de la UE tendrás que esperar más que en otros para empezar a percibir tu pensión.
Solo puedes solicitar pensión en el país donde vives ahora (o en el último donde hayas trabajado) cuando hayas cumplido la edad legal de jubilación allí. Si has acumulado derechos de pensión en otros países, solo recibirás esa parte de tu pensión cuando hayas cumplido la edad legal de jubilación en esos países.
Por eso es importante que en todos los países en los que hayas trabajado averigües por adelantado cuál será tu situación si cambias la fecha en la que empiezas a cobrarla.
Si empiezas a cobrar una pensión antes que otra pueden
cambiar los importes que recibas.
La administración competente del país en el que vives o de los países donde hayas trabajado podrá darte más consejos.
Infórmate sobre edades de jubilación y sistemas de pensiones en diferentes países de la UE:
Elegir país:
6.- PERIODOS CONTABILIZADOS: PRINCIPIO DE TOTALIZACIÓN DE PERIODOS: En algunos países de la UE, para tener derecho a pensión hay que haber trabajado un mínimo de tiempo.
En ese caso, para determinar si tienes derecho a pensión, la administración debe contabilizar todos los periodos que hayas trabajado en otros países de la UE como si hubieras trabajado solo en ese ( principio de totalización de periodos).
Si no lo hace, ponte en contacto con la admisitración de pensiones que está tramitando tu pensión.
En ese caso, para determinar si tienes derecho a pensión, la administración debe contabilizar todos los periodos que hayas trabajado en otros países de la UE como si hubieras trabajado solo en ese ( principio de totalización de periodos).
Si no lo hace, ponte en contacto con la admisitración de pensiones que está tramitando tu pensión.
7.- PERIODOS DE SEGURO INFERIORES A UN AÑO: Si en algún país has estado cubierto menos de un año, es posible que se te aplique una norma especial, ya que algunos países de la UE no contemplan el derecho a pensión en caso de periodos breves. Pero no por eso se perderán los meses de seguro o residencia en el país donde hayas trabajado poco tiempo: los otros países, donde hayas trabajado más, los tendrán en cuenta a la hora de calcular tu pensión.
Si tienes problemas para cobrar una pensión por periodos de trabajo inferiores a un año, ponte en contacto con la admisitración de pensiones que está tramitando tu pensión.
8.- CÓMO SE CALCULA LA PENSIÓN: La administración de pensiones de cada país de la UE en el que hayas trabajado estudiará las cotizaciones que has pagado y los periodos que has trabajado en cada uno de los países.
8.1.- El tipo equivalente UE: importe teórico y prestación prorrateada
Cada administración de pensiones calculará la parte de la pensión que debe pagar teniendo en cuenta los periodos completados en todos los países de la UE.
Para ello, cada una sumará los periodos que hayas completado en todos los países de la UE y calculará qué pensión te correspondería si todas esas cotizaciones se las hubieras pagado a su seguridad social durante todo ese tiempo (el llamado importe teórico).
A continuación, ese importe se ajustará para que refleje el tiempo que de hecho hayas estado cubierto en ese país (la llamada prestación prorrateada).
8.2.- El tipo nacional: pensión nacional (prestación independiente)
Si cumples los requisitos para tener derecho a una pensión nacional con independencia de cualquier periodo que hayas completado en otros países, la administración también calculará la pensión nacional (llamada prestación independiente).
8.3.- Resultado: comparación de pensiones: recibirás la mayor de las dos
A continuación, la administración comparará la prestación prorrateada con la prestación independiente. Recibirás de ese país la mayor de las dos.
Cada país te enviará una nota especial con los motivos de su decisión: el formulario P1.
Si tienes problemas para cobrar una pensión por periodos de trabajo inferiores a un año, ponte en contacto con la admisitración de pensiones que está tramitando tu pensión.
8.- CÓMO SE CALCULA LA PENSIÓN: La administración de pensiones de cada país de la UE en el que hayas trabajado estudiará las cotizaciones que has pagado y los periodos que has trabajado en cada uno de los países.
8.1.- El tipo equivalente UE: importe teórico y prestación prorrateada
Cada administración de pensiones calculará la parte de la pensión que debe pagar teniendo en cuenta los periodos completados en todos los países de la UE.
Para ello, cada una sumará los periodos que hayas completado en todos los países de la UE y calculará qué pensión te correspondería si todas esas cotizaciones se las hubieras pagado a su seguridad social durante todo ese tiempo (el llamado importe teórico).
A continuación, ese importe se ajustará para que refleje el tiempo que de hecho hayas estado cubierto en ese país (la llamada prestación prorrateada).
8.2.- El tipo nacional: pensión nacional (prestación independiente)
Si cumples los requisitos para tener derecho a una pensión nacional con independencia de cualquier periodo que hayas completado en otros países, la administración también calculará la pensión nacional (llamada prestación independiente).
8.3.- Resultado: comparación de pensiones: recibirás la mayor de las dos
A continuación, la administración comparará la prestación prorrateada con la prestación independiente. Recibirás de ese país la mayor de las dos.
Cada país te enviará una nota especial con los motivos de su decisión: el formulario P1.
9.- PAGO DE TU PENSIÓN:
9.1.- Si vives en la UE
Cada país que te concede una pensión suele ingresar el importe correspondiente en una cuenta bancaria de tu país de residencia.
9.2.- Si no vives en la UE
Quizá tengas que abrirte una cuenta bancaria en cada país de la UE que te pague una pensión.
10.- ABOGADO: Es imprescindible que te dejes asesorar por un abogado especilista en la materia que te ayudará a elegir la mejor de las opciones.
Para cualquier aclararación no dudéis en contactarnos en el +34 620 618 860 o a través del formulario de contacto que os permite nuestra web: www.maleyabogados.com o por correo electrónico a dirigido nuestro e-mail: [email protected]
9.1.- Si vives en la UE
Cada país que te concede una pensión suele ingresar el importe correspondiente en una cuenta bancaria de tu país de residencia.
9.2.- Si no vives en la UE
Quizá tengas que abrirte una cuenta bancaria en cada país de la UE que te pague una pensión.
10.- ABOGADO: Es imprescindible que te dejes asesorar por un abogado especilista en la materia que te ayudará a elegir la mejor de las opciones.
Para cualquier aclararación no dudéis en contactarnos en el +34 620 618 860 o a través del formulario de contacto que os permite nuestra web: www.maleyabogados.com o por correo electrónico a dirigido nuestro e-mail: [email protected]